Soy Margarita Sañudo, abogada colombiana especializada en derecho migratorio, y atiendo en español e inglés.
¿Qué es y qué te permite?
Es una visa Migrante (Tipo M) para el cónyuge o compañero(a) permanente de un nacional colombiano. Tiene una vigencia de hasta 3 años, otorga permiso abierto de trabajo (puedes trabajar en cualquier actividad lícita) y te permite solicitar visas de beneficiario para hijos dependientes hasta los 25 años.
Requisitos principales
- Registro civil de matrimonio auténtico (expedido máximo 3 meses antes de la solicitud), o prueba de la unión marital de hecho.
- Carta de solicitud firmada por tu cónyuge colombiano, manifestando la convivencia efectiva e incluyendo sus datos de contacto.
- Poder especial otorgado por el cónyuge colombiano, con reconocimiento de firma ante notario o cónsul.
- Certificado de movimientos migratorios del extranjero, expedido por Migración Colombia.
- Pasaporte vigente, foto reglamentaria y póliza de salud con cobertura en Colombia.
La entrevista: el punto clave
El vínculo debe ser real y efectivo. Por eso la Cancillería está facultada para verificarlo mediante entrevista —presencial, virtual o telefónica— cuando lo considere necesario. No es algo que deba asustarte si tu relación es genuina; simplemente conviene llegar preparados y con la documentación coherente (fechas, datos y soportes que cuenten la misma historia).
El camino a la residencia y la nacionalidad
Aquí está una de las grandes ventajas de esta visa: el tiempo acumula para la Visa de Residente (Tipo R). Como cónyuge de colombiano, generalmente puedes solicitar la residencia tras 2 años continuos con esta visa (la unión marital de hecho puede tener un plazo distinto; lo confirmamos según tu caso).
Y más allá: la residencia es la antesala de la nacionalidad colombiana por adopción, que para quienes están casados con colombiano(a) o tienen hijos colombianos se puede solicitar tras solo 2 años de residencia (en vez de los 5 generales). Colombia permite la doble nacionalidad.
Costos y vigencia
Los costos oficiales son similares a otras visas Tipo M (tasa de estudio alrededor de 55 USD y de expedición alrededor de 177 USD), más la cédula de extranjería. Te confirmo los valores vigentes en tu consulta, porque cambian.
Preguntas frecuentes
¿Sirve la unión libre o tiene que ser matrimonio?
Sirven ambas: matrimonio o unión marital de hecho debidamente declarada. Los soportes y plazos varían, y eso es justo lo que revisamos al inicio.
¿Puedo trabajar con la visa de cónyuge?
Sí. Otorga permiso abierto de trabajo, sin estar atada a un empleador o cargo específico.
¿Qué pasa si nos divorciamos?
El vínculo es la base de la visa, así que un cambio en la relación puede afectarla. Si llegas a ese punto, conviene revisar tu situación migratoria a tiempo para buscar alternativas.
Esta guía es información general y no constituye asesoría legal, tributaria ni migratoria personalizada. Las normas y los montos colombianos cambian con frecuencia; confirma los requisitos vigentes con las fuentes oficiales (Cancillería, Migración Colombia, Banco de la República) o en una consulta. Información actualizada a 2026.
¿Listo para dar el paso?
Revisamos tu caso, preparamos tus documentos y presentamos una solicitud sólida. Te acompaño en cada paso, en español o inglés.
Escríbeme por WhatsApp